Qué debe entregar el contador para capitalizar utilidades de una SAC

Qué debe entregar el contador para capitalizar utilidades de una SAC

Para aumentar el capital de una SAC con utilidades, el contador y el abogado necesitan trabajar con los mismos importes y antecedentes. Tener utilidades registradas no significa que el trámite societario ya esté preparado: hay que confirmar el saldo disponible y documentar el acuerdo que se formalizará.

Esta guía te ayuda a organizar la información antes de encargar la capitalización de utilidades y el aumento de capital con RA.

Si ya coordinas la capitalización con tu contador, podemos ayudarte con la revisión societaria y la preparación del acuerdo.

Cuéntanos qué necesita tu SAC

Información inicial para coordinar el expediente

Pide a tu contador que identifique el saldo que se propone capitalizar, las cuentas de origen y el periodo al que corresponde. Necesitamos conocer el monto disponible y qué sustento lo respalda, considerando los acuerdos anteriores y la situación contable de la empresa.

Por la parte societaria, reúne la partida registral, el estatuto vigente y el libro de actas. Confirma el capital actualmente inscrito y la distribución de acciones. Si existen aumentos anteriores pendientes de formalizar, deben identificarse desde el inicio.

Qué documentos debes pedir a tu contador

  • Pide el detalle del saldo de utilidades. Debe identificar las cuentas, los ejercicios de origen y el importe propuesto, con su sustento contable.
  • Reúne los estados financieros y su aprobación. Debes poder relacionar las utilidades con los estados financieros y los acuerdos societarios que las sustentan.
  • Solicita la revisión de pérdidas, reservas y acuerdos anteriores. El monto no se define mirando únicamente el saldo de una cuenta: hay que identificar aplicaciones previas, dividendos acordados y otras restricciones.
  • Coordina la copia del asiento de capitalización y su refrendo. El documento específico para el registro se prepara conforme al artículo 65 del Reglamento del Registro de Sociedades y a la operación aprobada.

Esta lista organiza el trabajo entre tu contador y RA; no convierte cada documento de evaluación en un anexo que SUNARP exija siempre. La copia del asiento refrendada sí tiene una exigencia registral específica para esta modalidad.

El asiento contable que respalda la capitalización

El artículo 65 del Reglamento del Registro de Sociedades exige acreditar estas capitalizaciones con copia del asiento que muestra el traslado de los montos a la cuenta capital, refrendada por contador público colegiado o contador mercantil matriculado en el Instituto de Contadores del Perú, según la norma.

Coordina con el profesional responsable la preparación y oportunidad del asiento. Antes de firmar el expediente, comprueba que el importe del asiento y el del acuerdo coincidan. Si el saldo o la modalidad cambian, es necesario revisar la documentación relacionada.

Qué condiciones societarias debes comprobar

Los artículos 201 y 202 de la Ley General de Sociedades regulan el aumento y reconocen la capitalización de utilidades como una modalidad. Por regla general, el aumento se acuerda cumpliendo las exigencias de modificación del estatuto, se formaliza en escritura pública y se inscribe. No confundas esta operación con un aumento por nuevos aportes o por capitalización de créditos: el artículo 204 establece para esas modalidades una regla sobre el pago de las acciones suscritas. El sustento de las utilidades y la distribución de acciones deben revisarse según la modalidad que realmente apruebes.

La reserva legal requiere una revisión propia. El artículo 229 contempla su formación y permite capitalizarla con obligación de reponerla. No debes confundir automáticamente una capitalización de utilidades con una de reserva legal ni usar el mismo sustento sin identificar la cuenta de origen.

Con el monto y los antecedentes contables definidos, podemos revisar los acuerdos y coordinar su formalización.

Consulta por la preparación del aumento de capital

Qué debe quedar definido para redactar el acuerdo

El empresario debe confirmar cuánto desea capitalizar y cómo quedará representado el nuevo capital. Esa información permite preparar el acuerdo, el texto del artículo del estatuto y la documentación para su formalización.

Por ejemplo, si el capital inscrito es S/ 5.000 y se acuerda capitalizar S/ 45.000 de utilidades disponibles, el nuevo capital sería S/ 50.000. El ejemplo supone que la operación es viable y está debidamente aprobada. También debe definirse qué ocurre con el número de acciones o su valor nominal y comprobar la distribución resultante.

Ejemplo del nuevo capital y las acciones

Si el capital de S/ 5.000 está representado por 5.000 acciones de S/ 1 y capitalizas S/ 45.000 mediante nuevas acciones del mismo valor, la operación es: S/ 5.000 + S/ 45.000 = S/ 50.000 de capital; S/ 45.000 ÷ S/ 1 = 45.000 acciones nuevas. El total sería de 50.000 acciones. La asignación debe respetar los derechos y la proporción que correspondan a los accionistas.

El ejemplo no prueba que exista ese saldo en tu empresa ni calcula impuestos, tasas u honorarios. No supone ingreso de dinero nuevo: ilustra el traslado contable de utilidades al capital. Si cambias el valor nominal, la clase de acciones o la proporción entre accionistas, necesitas otra revisión del acuerdo.

Capital y patrimonio: una diferencia que conviene revisar

Si necesitas acreditar solvencia ante una entidad, envíanos el requerimiento antes de decidir el trámite. Trasladar utilidades al capital no agrega, por ese solo movimiento, nuevos recursos al patrimonio de la empresa. Una exigencia de capital social y una exigencia de patrimonio pueden requerir evaluaciones distintas.

Qué hace RA y qué coordina tu contador

El contador valida la información contable y prepara el sustento de su competencia. RA revisa los antecedentes societarios, prepara los documentos jurídicos y coordina la formalización notarial y registral incluida en la propuesta. La revisión legal no sustituye la validación contable del saldo.

Para cotizar, indícanos el RUC, el capital actual, el monto aproximado del aumento y si tu contador ya confirmó las utilidades. Los honorarios se presentan separados de los gastos notariales y registrales. Si además necesitas cambiar al gerente, coméntalo para evaluar la coordinación de ambos actos.

Cómo se desarrolla el encargo y qué debes presupuestar

Primero nos remites los antecedentes y coordinas el sustento con tu contador; después se prepara y aprueba el acuerdo ante el órgano competente. La notaría formaliza la escritura y se presenta el título al Registro. Conserva el número de presentación y atiende las observaciones que puedan formularse. La inscripción y su seguimiento se incluyen solo si están contemplados en la propuesta.

La cotización separa honorarios de RA, gastos notariales y derechos registrales. Puede incorporar, por separado, regularización de libros o revisión de aumentos anteriores. El trabajo contable debe acordarse con el profesional que lo asumirá. Los plazos de preparación, firma notarial y calificación registral se informan por etapa; no equivalen a un plazo total garantizado.

Fuentes oficiales

Ley General de Sociedades: artículos 201 a 204 y 229. Referencias revisadas el 20 de octubre de 2026.

Reglamento del Registro de Sociedades, artículos 65 y 66.